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Por
el A.I. Leandro Plotinsky
Miembro
del Comité de Titulos
y
Rating
FIDE
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Como es sabido cada cuatro años la FIDE incorpora a las Leyes
del Ajedrez las sugerencias, actualizaciones y modificaciones que año a año
la Comisión de Reglas va produciendo. La última versión de “Las Leyes” se
produjo en el Congreso de Estambul 2000 y entró en vigencia el 1º de julio
de 2001. Estimo que una de las modificaciones mas importantes, y oportuna,
es en realidad un agregado al hasta entonces muy controvertido articulo 10.2
del "FINISH" que viene a eliminar un sinnúmero de conflictos que
anteriormente se producían algunos por ambiguedad y muchos por el eterno oportunismo
de los ajedrecistas sobretodo en posiciones inferiores.
El 10.2 establecía:
10.2 Si a un jugador le corresponde jugar, y le quedan menos
de dos minutos en su Reloj, puede reclamar tablas antes de que caiga
su aguja. Debe detener los relojes y solicitar la presencia del arbitro.
(a) Si el árbitro
esta de acuerdo que el rival no se esfuerza por ganar la partida por medios
normales, entonces declara tablas la partida. De otra manera, postergará
su decisión o rechazará el reclamo.
(b) Si el árbitro
posterga su decisión, el rival puede ser compensado con dos minutos en su
tiempo de reflexión y la partida continuará en presencia del
árbitro si es posible. El árbitro declara el resultado final
después de la caída de una bandera.
El inciso agregado es :
(c) Si el árbitro
ha rechazado el reclamo, al oponente le serán adjudicados dos minutos extras
en su tiempo de reflexión.
(d) La decisión del árbitro
estará finalmente relacionada con lo establecido en el articulo 10.2 a, b,
c.
El cambio sustancial que el inciso "c" da al reclamo
de tablas radica en que si el árbitro piensa que no corresponden (y a veces
el mismo jugador que reclama sabe muy bien que no corresponden) puede
negarlas y sancionar con tiempo a quien las reclamó. Claramente esto introduce
una mayor razonabilidad y prudencia al reclamo de tablas durante un apuro
de tiempo.
Este agregado no modifica la reglamentación anterior ya que
el árbitro ahora tambien puede postergar su decisión y después declarar
tablas la partida o rechazar el pedido.
- Que pasaba antes?
Frecuentemente sucedía que cuando llegaba el apuro de tiempo
y uno de los jugadores quedaba inferior, llamaba al árbitro y reclamaba
tablas “sólo por si se las aceptaban”.
El árbitro acudía al reclamo postergaba su decisión
hasta la caída de aguja y recien ahí decidía, a lo sumo rechazar el pedido
pero sin poder penalizar un reclamo absurdo.
- Que pasa ahora?
Ahora el jugador en apuro de tiempo que queda inferior no
puede reclamar tablas sin motivo ya que se arriesga a ser sancionado con tiempo
lo que en general le cuesta la partida.
Como interesante detalle lateral obsérvese que ahora
si el árbitro rechaza el pedido el jugador sancionado debe hacer un nuevo
ofrecimiento si considera que la partida es tablas.
Debido a los incidentes que este artículo 10.2, al margen
de lo aquí comentado, ha provocado, deseo reiterar mi posición acerca de la
pretendida controversia árbitro-jugadores. Es evidente que los árbitros
deben tener un solido conocimiento del juego de ajedrez, además de
sus leyes. Es igualmente evidente que en una competencia, un juez debe zanjar
las diferencias.
AGRADEZCO a Ajedrez Siglo
21 que publica estas notas y también a las páginas de Chile, España,
Venezuela y otros países que las reeditan.
Usted puede leerlas también en:
http://danielherrera.mybravenet.com/
http://escaquesy2k.hypermart.net/
http://www.terra.es/personal/ajedrez.cullera/arbitros/arbitros-ilegalversusrey.htm
http://www.ciudadfutura.com/superajedrez/
También
agradezco las enriquecedoras charlas, algunas verdaderas discusiones hasta
altas horas en Torre Blanca, con los AIs Adrián Roldán y Luis Scalise y con
el ex presidente de la Comisión de Calificaciones de la FIDE, Juan Angel Mas.
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