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Por el A.I. Leandro Plotinsky

Miembro del Comité de Titulos

y

Rating FIDE

Como es sabido cada cuatro años la FIDE incorpora a las Leyes del Ajedrez las sugerencias, actualizaciones y modificaciones que año a año la Comisión de Reglas va produciendo. La última versión de “Las Leyes” se produjo en el Congreso de Estambul 2000 y entró en vigencia el 1º de julio de 2001. Estimo que una de las modificaciones mas importantes, y oportuna, es en realidad un agregado al hasta entonces muy controvertido articulo 10.2 del "FINISH" que viene a eliminar un sinnúmero de conflictos que anteriormente se producían algunos por ambiguedad y muchos por el eterno oportunismo de los ajedrecistas sobretodo en posiciones inferiores.

El 10.2 establecía:

10.2 Si a un jugador le corresponde jugar, y le quedan menos de dos minutos en su Reloj, puede reclamar tablas  antes de que caiga su aguja. Debe detener los relojes y solicitar la presencia del arbitro.

(a) Si el árbitro esta de acuerdo que el rival no se esfuerza por ganar la partida por medios normales, entonces declara tablas la partida. De otra manera, postergará su decisión o rechazará el reclamo.

(b) Si el árbitro posterga su decisión, el rival puede ser compensado con dos minutos en su tiempo de  reflexión y la partida continuará en presencia del árbitro si es posible. El árbitro declara el resultado final después de la caída de una bandera.

El inciso agregado es :

(c) Si el árbitro ha rechazado el reclamo, al oponente le serán adjudicados dos minutos extras en su tiempo de reflexión.

(d) La decisión del árbitro estará finalmente relacionada con lo establecido en el articulo 10.2 a, b, c.

El cambio sustancial que el inciso "c" da al reclamo de tablas radica en que si el árbitro piensa que no corresponden (y a veces el mismo jugador que reclama sabe muy bien que no corresponden) puede negarlas y sancionar con tiempo a quien las reclamó. Claramente esto introduce una mayor razonabilidad y prudencia al reclamo de tablas durante un apuro de tiempo.

Este agregado no modifica la reglamentación anterior ya que el árbitro ahora tambien puede postergar su decisión y después declarar tablas la partida o rechazar el pedido.

- Que pasaba antes?

Frecuentemente sucedía que cuando llegaba el apuro de tiempo y uno de los jugadores quedaba inferior, llamaba al árbitro y reclamaba tablas “sólo por si se las aceptaban”.

El árbitro acudía al reclamo postergaba su decisión hasta la caída de aguja y recien ahí decidía, a lo sumo rechazar el pedido pero sin poder penalizar un reclamo absurdo.

- Que pasa ahora?

Ahora el jugador en apuro de tiempo que queda inferior no puede reclamar tablas sin motivo ya que se arriesga a ser sancionado con tiempo lo que en general le cuesta la partida.

Como interesante detalle lateral obsérvese que ahora si el árbitro rechaza el pedido el jugador sancionado debe hacer un nuevo ofrecimiento si considera que la partida es tablas.

Debido a los incidentes que este artículo 10.2, al margen de lo aquí comentado, ha provocado, deseo reiterar mi posición acerca de la pretendida controversia árbitro-jugadores. Es evidente que los árbitros deben tener un solido conocimiento del juego de ajedrez, además de sus leyes. Es igualmente evidente que en una competencia, un juez debe zanjar las diferencias.

AGRADEZCO a Ajedrez Siglo 21 que publica estas notas y también a las páginas de Chile, España, Venezuela y otros países que las reeditan.
Usted puede leerlas también en:
http://danielherrera.mybravenet.com/
http://escaquesy2k.hypermart.net/
http://www.terra.es/personal/ajedrez.cullera/arbitros/arbitros-ilegalversusrey.htm http://www.ciudadfutura.com/superajedrez/

También agradezco las enriquecedoras charlas, algunas verdaderas discusiones hasta altas horas en Torre Blanca, con los AIs Adrián Roldán y Luis Scalise y con el ex presidente de la Comisión de Calificaciones de la FIDE, Juan Angel Mas.  

 

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