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Por
el A.I. Leandro Plotinsky
Miembro
del Comité de Titulos
y
Rating
FIDE
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La
mayoría de las preguntas que llegan a esta columna surgen de situaciones que
se plantean especialmente en partidas de ritmos rápidos, sin anotar, y sin
la presencia del árbitro. En estas ya difíciles circunstancias ocurren casos,
a veces conocidos como de "palabra de uno contra la de otro", donde
el mismo hecho se presenta de distinta forma.
Lo
mejor en estos casos es que los jugadores acuerden qué es lo que sucedió y
luego llamen al árbitro para presentar la duda reglamentaria.
Pero
a menudo esto no es posible. Cuando eso sucede recomiendo a los jugadores,
antes de convocar al árbitro, tener muy en cuenta lo que establece la Introducción
a las Leyes del Ajedrez.
Fundamento
mi recomendación en que el árbitro seguramente tomará la decisión considerando
lo que ahí se establece.
Las
Leyes del Ajedrez no pueden legislar todas las situaciones que pueden surgir
durante una partida, como tampoco pueden legislar todos los aspectos administrativos.
En
los casos no reglamentados en forma precisa por un artículo de Las Leyes,
debería ser posible llegar a un juicio correcto estableciendo analogías con
situaciones tratadas en ellas.
Las
Leyes presuponen que el árbitro posee la necesaria competencia, el buen criterio
y la absoluta objetividad que las situaciones requieren.
Un
instrumento legal excesivamente detallado privaría al árbitro de libertad
de criterio impidiéndole con ello hallar la solución dictada por la equidad,
la lógica y los factores circunstanciales.
La
FIDE solicita a todos los jugadores de ajedrez que acepten este criterio.
Un
caso típico es el del jugador que reclama que su rival tocó una pieza (Artículo
4) y jugó otra. El "acusado" reconoce el hecho pero afirma que previamente
había dicho "compongo" o "acomodo" (artículo 4.2)
En
estos casos el árbitro debe, en principio, tener en cuenta 3 situaciones:
1.
Tratar de establecer la intención del jugador que tocó la pieza.
2.
Si habitualmente alguno de los dos jugadores está involucrado en este tipo
de situación.
3.
Si a juicio del árbitro existen testigos imparciales.
Para
el primer rubro suelo hacer preguntas a ambos. Para el segundo recurro a la
"base de datos" que cada árbitro tiene. Y si no hubiera testigo
imparcial presente dictamino, otorgando
el beneficio de la duda, que la partida debe seguir.
Si
es posible permanezco hasta el fin de la misma y, siempre, registro al hoy beneficiado
en mi "base de datos".
Aprovecho
este tema para presentar la amable nota que recibí de Edgardo Bastos, de Lima,
Perú, donde comentaba " ... ante la gran cantidad de disputas que surgen
de jugadas imposibles hechas en apuros de tiempo y la permanente sospecha
de que algunas de ellas se hacen deliberadamente
¿ no sería más simple que la imposible pierda la partida en todos los casos
y ritmos? ... "
Respuesta
: Estoy de acuerdo con Ud. en que su propuesta facilitaría nuestra tarea.
Pero no creo que sea buena.
La
cantidad de jugadas imposibles hechas con mala intención es muy pequeña y
parecería ser un poco
mas frecuente en los ritmos Blitz o Ping Pong. Y en estos ritmos la pena al
infractor, si el rival lo advierte, es la pérdida de la partida.
Sostengo
que no se debe legislar para los casos especiales. La mayoría de los reclamos
no son de mala fe, ni los ajedrecistas mienten. Simplemente las alternativas
de nuestro deporte y la competencia producen los reclamos.
Y
los árbitros pueden solucionarlos. Tenemos Las Leyes y su Introducción para
ello.
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